Una de las realidades que caracteriza a nuestras sociedades modernas, entre ellas la vasca, es la de que son plurales en el sentido cultural, lingüístico y religioso. La diversidad religiosa, aunque no suficientemente conocida, es uno de los ámbitos que necesita y merece ser gestionado.
Esta gestión, pudiera realizarse de muy diversas maneras y en relación a ello, hemos sabido de una práctica concreta, de gestión positiva de la diversidad, que se ha llevado a cabo en el caso de una persona de profesión ertzaina y que es pastor de una Iglesia Evangélica. Prácticas que en algunas sociedades modernas y democráticas ya se llevan realizando desde hace años, como puede ser Inglaterra o Québec, y por poner ejemplos prácticos, el caso de la policía perteneciente a la religión Sikh y su incompatibilidad de llevar casco en el uso de la moto.
Mientras en estos países estas prácticas que se denominan de “acomodo razonable”* , son tratadas con normalidad, en nuestro entorno lejos de plantear el debate en términos de respeto y derechos, desde un medio de comunicación conocido, hace unos meses, se trataba esta noticia, además de saltándose las Normas Deontológicas de la Ley de Comunicación, con cierta picaresca y de manera burlona. De la manera que está redactada, se trata de una noticia que en otros países ocuparía un espacio en la prensa amarilla. Lo cierto es que no se acaba de entender cual es el objetivo de esta; ¿criticar a una persona religiosa?, ¿a un pastor que es ertzaina?, ¿la conciliación de los roles de esa persona con su vida laboral?…Esta es la noticia «La Ertzaintza está con Dios»
En los últimos años tanto desde la academia, como desde algunas entidades y administraciones públicas vascas, venimos trabajando en estos temas junto con las distintas confesiones religiosas presentes en nuestro territorio, con un deseo de conocer la realidad de esta diversidad religiosa que caracteriza a nuestra sociedad y tratar de buscar las vías más adecuadas para que su gestión se realice de la manera más equilibrada, basándose en los derechos y la no discriminación.
Fruto de ese trabajo son algunas publicaciones: Pluralidades latentes. Minorias religiosas en el Pais Vasco y Las confesiones minoritarias en el País Vasco: caracterización, necesidades y espacios religiosos, sitios web de interés como El Observatorio del Pluralismo religioso en España y la Fundacion Social Ignacio Ellacuria, y videos divulgativos como Egin to be – Pluralismo religioso
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*En un sentido genérico, el acomodo razonable consiste en la adaptación de una norma jurídica con el objetivo de atenuar o eliminar el impacto que esta norma puede tener sobre un derecho o libertad constitucionalmente protegida, como por ejemplo la libertad de conciencia o de religión. En un sentido técnico jurídico, en virtud del cual el acomodo razonable es una obligación jurídica que deriva del derecho a la no discriminación, consistente en tomar medidas razonables para armonizar una acción o inacción con una determinada demanda de ejercer un derecho, a meno que ello cause una carga excesiva.